Date of entry in original source: 16 February 2009 Text: Partida de bautismo de D. Sebastián de Alvear de la Puente. Fuente: Pruebas para la concesión del Título de Caballero de la Orden de Calatrava de Miguel Antonio de Albear y Septiem Fernández García y Sierralta, natural de Ampuero Archivo Histórico Nacional. OM-CABALLEROS_CALATRAVA,EXP.63 1696 Licencia de ir a la Iglesia. En dicho lugar de San Pantaleon, a seis dias de dicho mes y año (marzo 1695), para la comprobación de las naturaleças del padre y del abuelo paterno del pretendiente fuimos a la Iglesia de este dicho lugar al liçenciado don tomas de Rivas cura y benefiçiados en dicha iglesia a quien requerimos nos muestre el archivo donde paravan los libros de Bautiçados casados y belados de dicha iglesia y nos le pusiese de menifiesto, el qual dijo que estava cierto y presto, de haçer lo que por nos se le mandava, y en ejecuçion de ello nos entró en la sachristía y a la mano izquierda en un nicho con una reja de hierro y despues de ella una ventana la cual abrió dicho cura con una llave y nos dijo ser el archivo de dicha iglesia donde allamos un libro de quartilla biejo, que al principio le faltan algunas hojas, y sigue asta el folio 221, sin otras hojas que tiene a lo último escritas al reves, que la primera partida empieça con una fee de bautismo año de 1547, y acava con una bisita del año de 1665, y en el folio 29, buelta partida primera se alla una que pareçe ser del abuelo paterno del pretendiente y dice así== Juebes a veinte y nuebe días del mes de Diziembre de mil y quinientos y ochenta y tres se bautizó en esta iglesia de San Pantaleón, Sebastián, hijo de Juan de Alvear de la Vega, y de Maria de la Puente su mujer, veçinos de este pueblo y fueron sus padrinos Juan de Alvear Medinilla, y Juana Sainz, mujer de Nicolas de Rivero. Baptiçele yo el Bachiller Pedro de la Puente y por verdad lo firmo.== Bachiller Pedro de la Puente
Date of entry in original source: 16 February 2009 Text: Archivo General de Indias. Alcance y contenido: DON GASPAR DE ALVEAR SALAZAR, Caballero de la Orden de Santiago, Gobernador y Capitán Gral. de Nueva Vizcaya, a Nueva Vizcaya. Información y licencia en CONTRATACION,5336,N.31 1614-06-27 "Sebastian de Alvear – 2 – Sebastián de Alvear Vecino del lugar de San Pantaleón de Aras ques en la Junta de Boto Ante vuestra majestad (com)parezco y digo que yo tengo necesidad de haber información de como soy hijo legítimo de Juan de Alvear y de Maria Fernandez de la Puente mis padres y nieto legítimo de Juan de Alvear y de doña Juana Sainz del Oyo mis abuelos. Quellos y yo y los demás pasados ansi por linias paterna como materna han sido y son hijos de algo nobles de sangre. Limpios de toda mala raza de judíos moros ni penitenciados por la Santa Inquisición. Ni de los nuevamente conversos a nuestra cristiana fe católica. ==Y ansí mismo tengo necesidad de probar como soy hombre libre soltero y de por casar. No sujeto a ningún matrimonio ni orden ansi por palabra como por otra manera alguna. Porque yo tengo necesidad de pasar a Indias a serviros que me importan y recibida la dicha información a vuestra majestad os pido y suplico me mande dar un traslado do yo mas deva a la cual interponga su autoridad y judicial decreto y signada en forma en manera que haga fe y en lo necesario suplico de V.M. imploro y para certeza Sebastián de Alvear. En el lugar de Rada ques en la Junta de Boto a dos días del mes de mayo de mil y seiscientos y catorce años ante Pedro de Arenas Alcalde Mayor de la dicha Junta de Boto por firmador y por ante mi Juan de Ruyseco escribano publico del Rey nuestro Señor y del numero desta dicha Junta Sebastián de Alvear vecino del lugar de San Pantaleón presenta el pedimiento de audencia Autos:Y por el dicho alcalde visto el dicho pedimiento. Dijo que admitía y admitió el dicho pedimiento en cuanto a verdad de derecho y mandaría y mandó al dicho Esteban de Alvear de testigos de información y dada la veraz probara en el caso justicia ansi lo proveyo y firmo ser testigo Juan de Cerecedo Pierredonda y Julio de la Posadilla Pedro de Arenas ante mi Juan de Ruyseco. Testigo: En el lugar de Rada ques en la Junta de Boto a dos dias del mes de mayo de mil y seiscientos y catorce años para la dicha información se recibió juramento en forma de derecho de Marcos de Rada vecino del lugar de Rada el cual lo hizo bien y ampliamente y prometio de decir verdad y preguntado por el dicho pedimiento dijo que conoce al dicho Sebastián de Alvear contenido en el dicho pedimiento y conoció a los dichos Juan de Alvear y Maria Fernandez de la Puente sus padres legítimos y a Juan de Alvear y a Doña Juana Sainz del Oyo sus abuelos legítimos. Todos vecinos del lugar de San Pantaleón de Aras ques en la dicha Junta. A los que vio este testigo hacer vida maridable en uno como sabe marido y mujer y durante su matrimonio vio este testigo que los dichos Juan de Alvear y Doña Juana Sainz del Oyo abuelos del dicho Sebastián de Alvear padres del dicho Juan de Alvear y durante su matrimonio los dichos Juan de Alvear y Maria Fernández de la Puente ovieron y procrearon por su hijo legítimo y de legítimo matrimonio al dicho Sebastián de Alvear que le presenta y como a tal le alimentaron y trataron y criaron todo el tiempo que vivieron llamándole hijo y el a ellos padre y madre y en esta opinión los vio tener a todos los que le han conocido y conocen como este testigo sin haber sabido oido ni entendido en todo el tiempo que aqueste testigo les conoció llevó dicho Sebastián de alvear que le presenta cosa en contrario. = Demás de lo cual dijo el testigo que sabe que el dicho Sebastián de Alvear hijo legítimo de los dichos Juan de Alvear y Maria Fernández de la Puente su padre y madre, nieto de los dichos Juan de Alvear y doña Juana Sainz del Oyo es hijo de algo de sangre noble y principal limpio de toda mala raza de judíos moros ni penitenciados por el santo (Tribunal) de la Santa Inquisición ni de los nuevamente convertidos y lo mismo sabe fueron los dichos padres y abuelos y todos los demas sus pasados sin que haya cosa en contrario. = Y ansí mesmo sabe que el dicho Sebastián de Alvear que lo presenta es mozo soltero y libre. Por casar no sujeto a matrimonio ni religión por palabra ni obra y lo sabe el testigo por haberse tratado ordinariamente y ser vecinos por lo cual sabe puede pasar a indias y disponer de su persona libremente. El cual dicho Sebastián de Alvear es un hombre de buen cuerpo blanco de rostro y barbirrojo con una señal sobre la ceja derecha, de edad de veinte y nueve años poco mas o menos. Lo que ha dicho es la verdad so cargo de juramento público en lo cual se afirma y el dijo ser de edad de sesenta y cuatro años poco mas o menos y lo firmo de su nombre con el dicho alcalde Pedro de Arenas Marcos de Rada ante mi Juan de Ruyseco. ..." Prosigue con la relación de dos testigos más.