Citation Details: 1.70 Text: Doña Leonor, ya viuda, por su testamento otorgado en le alcázar de Medina de Pomar, (que era de los Velascos), a 17 días del mes de Enero de 1485, ante Fernán García de Oña, instituyó un Mayorazgo de 500 doblas de oro castellanas de juro sobre las salinas, herrerías y alcabalas de la villa de Santander, para lo cual pidió y obtuvo real licencia, dada en Sevilla a 7 de Febrero del mismo año de 1485. Puso éste mayorazgo en su hijo Juan de Alvarado y Bracamonte. Las cuales 500 doblas dependían de las 1.000 de juro que mosén Rubín de Bracamonte tenía por carta de privilegio del rey don Enrique dada en Valladolid a 20 de Junio de 1395, y confirmada en Alcalá a 2 de Mayo de 1436 y a ella pertenecieron por herencia del mismo según consta por real cédula expedida por Felipe II en 20 de Diciembre de 1566.